Auto Supremo AS/0165/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2014

Fecha: 25-Jun-2014

A su turno el art

A su turno el art. 152 del mismo cuerpo legal, establece cuales son las competencias específicas de todo Juez de Trabajo y Seguridad Social a nivel nacional, siendo pertinente para el caso de Autos el Num. 2 de ésta norma legal, a través de la que los Jueces de primera instancia, dentro del Derecho Laboral tienen competencia para: "Conocer y decidir en primera instancia de las acciones individuales o colectivas por derechos y Beneficios Sociales, indemnizaciones y compensaciones y, en general, conflictos que se susciten como emergencia de la aplicación de las Leyes sociales..." (Textual), concordado con el art. 43 - b) del Código Procesal del Trabajo