Auto Supremo AS/0213/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2014

Fecha: 13-Jun-2014

Consecuentemente al no haberse citado con la demanda, como correspondía a la demandada Terésa Sánchez

Consecuentemente al no haberse citado con la demanda, como correspondía a la demandada Terésa Sánchez de Gumiel, a sabiendas de su domicilio y, de esta manera, inducido en error al Juez de la causa, lo ha hecho en evidente fraude de la ley incurriendo en infracción que interesa al orden público, por cuanto esta forma de notificación, mediante Edicto, si bien está reconocida en nuestro Código de Procedimiento Civil -previo el cumplimiento de ciertos requisitos-, sin embargo, no es la más idónea para hacer conocer una diligencia judicial, como podría ser la citación personal, además que vulnera el debido proceso y violenta el derecho a la legítima defensa de quien o quienes se verán afectados por las decisiones judiciales