Auto Supremo AS/0221/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2014-RRC

Fecha: 09-Jun-2014

Como segundo motivo, señaló que la Sentencia incurrió en el defecto previsto en el inc


Como segundo motivo, señaló que la Sentencia incurrió en el defecto previsto en el inc. 2) del art. 370 del CPP, por cuanto no existiría prueba que demuestre e identifique a su persona como autora de los delitos que se le imputan, ya que los funcionarios de las instituciones bancarias lo único que habían manifestado es que le vieron en varias oportunidades en los bancos y que los informes periciales no demostraron su autoría