Auto Supremo AS/0248/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2014-RRC

Fecha: 12-Jun-2014

Cuando empezó a comercializarse la madera, el negocio fue realizado por los padres de los


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

Por denuncia formulada el 19 de septiembre de 1997, Justiniano Apaza Flores, refirió que con Wilson, Félix y Juan, todos Mamani Apaza, llegaron a conversaciones para conformar una sociedad, ya que ellos tenían grandes extensiones de tierra en la localidad de “Ixiamas” de donde se podría comerciar con madera; así, con argucias, engaños y promesas lo convencieron para que pueda adquirir una máquina aserradora para cortar madera cuyo valor alcanzó a $us. 11.000.- (once mil dólares estadounidenses), además de accesorios llegando a sumar la cantidad de $us. 15.000.- (quince mil dólares estadounidenses).

Cuando empezó a comercializarse la madera, el negocio fue realizado por los padres de los imputados, quienes incluso utilizando el nombre de Aserradero Piedras Blancas que le pertenece al denunciante, efectuaron una transacción sin darle dinero, habiendo ascendido la madera al valor de Bs. 20.000.- (veinte mil bolivianos), de cuyo dinero se apoderaron los imputados y sus padres, incurriendo en los delitos de Estafa, Apropiación Indebida y Abuso de Confianza; en base a esta denuncia, se levantaron diligencias de Policía Judicial y una vez concluidas y previo requerimiento fiscal (fs. 147), el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal, pronunció el Auto Inicial de la Instrucción (fs. 153), que ordenó sumario penal en contra de Félix y Wilson, ambos Mamani Apaza, por estar los hechos denunciados incursos en los delitos atribuidos en la denuncia; llegando a dictarse posteriormente el Auto Final de la Instrucción (fs. 753 a 756), por existir en contra de los imputados indicios de su culpabilidad en los delitos endilgados