En previsión de lo dispuesto por el art
En previsión de lo dispuesto por el art. 296 del CPPabrg, procede el recurso de nulidad o casación, por inobservancia o quebrantamiento de las formas procesales prescritas bajo pena de nulidad y por violación de la ley sustantiva en la decisión de la causa; en ese sentido, el art. 298 del citado cuerpo adjetivo establece las causales de casación que son la infracción directa, la aplicación indebida, la interpretación errónea y la infracción de la ley sustantiva; la primera causa relativa a la violación de las leyes sustantivas por no haberse aplicado correctamente sus preceptos; la segunda causa relacionada a la vulneración de las normas sustantivas, al aplicarse sus preceptos a hechos no regulados por aquellas; la tercera infracción de leyes sustantivas por interpretación errónea de sus preceptos y la cuarta causa, por violación de la ley sustantiva en la calificación de los hechos reconocidos en la sentencia, o en la imposición de la sanción a hechos calificados
- Por memorial presentado el 7 de marzo de 2014, cursante de fs
- Cuando empezó a comercializarse la madera, el negocio fue realizado por los padres de los
- Recibida la confesión de los imputados, desarrollados los debates y formuladas las conclusiones, se pronunció
- Notificados los procesados con el Auto de Vista impugnado, interpusieron el recurso de casación que
- Del memorial cursante de fs
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- Reclaman que la primera Sentencia determinó su absolución, sin que los vocales hayan realizado una
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- I.2. Requerimiento Fiscal
- Radicada la causa en este Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- b) Radicada la causa ante el Juzgado Segundo de Partido en lo Penal del Distrito
- c) En base a lo anterior el Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador
- d) Notificados con la Sentencia, los encausados interpusieron recurso de apelación, que fue resuelto por
- Previamente es menester señalar que la primera Disposición Final del vigente Código de Procedimiento Penal,
- En consecuencia al advertirse que en el presente proceso, se emitió el Auto inicial de
- En previsión de lo dispuesto por el art
- Consiguientemente, el art
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el presente caso, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito de
- En relación al requisito de fondo o de contenido del recurso, los recurrentes cuestionan la
- En ese sentido corresponde recordar que conforme el art
- Este extremo está vinculado a la exigencia de cita de las leyes procesales, sustantivas o
- En tal razón, correspondía a los recurrentes formular su denuncia de acuerdo a las exigencias
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia y de acuerdo con el requerimiento Fiscal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
