Auto Supremo AS/0260/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2014-RRC

Fecha: 24-Jun-2014

Con ese antecedente, corresponde acudir al contenido del Auto de Vista impugnado, a objeto de


Con ese antecedente, corresponde acudir al contenido del Auto de Vista impugnado, a objeto de establecer si cumplió o no con el deber de fundamentación; así, de su revisión, se establece que el Tribunal de apelación respondiendo a los agravios expresados por el imputado Julio Parada Becerra, previa relación de las características y comentario sobre el alcance del recurso de apelación restringida, invocando jurisprudencia referida a dicho recurso y análisis del tipo penal de Robo, determinó que el Tribunal de Sentencia procedió en forma incorrecta y sin tener en cuenta las previsiones contenidas precisamente en los arts. 124, 171 y 173 del CPP, con relación a los defectos de Sentencia previstos en el art. 370 incs. 4) y 6) del procedimiento penal; fundamentando dicha conclusión, en el hecho de que los contratos privados de préstamos (fs. 26 a 74), no fueron ofrecidos como prueba por el Ministerio Público a tiempo de presentar la acusación; es decir, no fueron ofrecidos oportunamente, razón por la cual consideró que dichas pruebas fueron introducidas e incorporadas ilegalmente al juicio oral, pero valoradas por el Tribunal de Sentencia para fundar la Sentencia condenatoria