Auto Supremo AS/0275/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2014-RRC

Fecha: 27-Jun-2014

Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios desarrollados por este Tribunal en relación a la


Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios desarrollados por este Tribunal en relación a la labor de contraste que debe realizar a tiempo de resolver un recurso en el fondo, conforme el art. 416 del CPP, que implican la concurrencia de hechos fácticos análogos, resultando que en materia sustantiva el supuesto fáctico análogo exige que el hecho análogo sea similar y en materia procesal el supuesto fáctico análogo se refiere a una problemática procesal similar; se evidencia en el caso de autos, que no se está ante una situación similar, habida cuenta que la doctrina contenida en el Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007, citado como precedente contradictorio, fue establecido ante la constatación de la extinta Corte Suprema que el Tribunal de alzada equivocadamente convalidó el delito de Uso de Instrumento Falsificado, en razón a que resulta indudable que el delito de Uso de Instrumento Falsificado actúa independientemente al de Falsedad Material o Ideológica, pudiendo ser diferentes sus agentes, o la misma persona, además que los formularios acusados de falsificados en ningún momento perdieron su condición de originales o legítimos, tampoco fueron objeto de añadiduras que hagan presumir su falsedad; en cambio, en el presente caso la conducta del imputado fue subsumida al tipo penal de Peculado, razón por la cual no se advierte contradicción entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado por el recurrente como contradictorio, deviniendo también en infundado el presente motivo