III.2. Respeto a la denuncia de incongruencia omisiva
III.2. Respeto a la denuncia de incongruencia omisiva
- Por memorial presentado el 3 de diciembre de 2013, cursante de fs
- Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Edwin Javier Vargas Pinto (fs
- 1) El recurrente en el primer motivo denuncia: “VICIO DE INCONGRUENCIA OMISIVA” (sic); refiriendo que
- 3) Finalmente, como último motivo se tiene el reclamo de: “ERRONEA APLICACIÓN DE LA LEY
- Refiere que denunció en alzada, que en Sentencia los jueces no realizaron la adecuación del
- Además señala, que invocó como precedente contradictorio, en la apelación restringida, el Auto Supremo 507
- Mediante Auto Supremo 108/2014-RA de 10 de abril, cursante de fs
- II.1. De la acusación
- Por Resolución 04/09 de 26 de octubre de 2009 (fs
- II.2. De la Sentencia
- Mediante Sentencia 03/2012, el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La
- II.3. De la apelación restringida del recurrente
- II.4. Del Auto de Vista
- Radicada la apelación restringida en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- En el presente proceso corresponde analizar y resolver los motivos contenidos en el recurso de
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Respeto a la denuncia de incongruencia omisiva
- El Auto Supremo 245/2012 de 11 de septiembre, fue emitido dentro de un proceso seguido
- En lo que concierne a la resolución de excepciones, de conformidad al precepto contenido en
- Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios desarrollados por este Tribunal en cuanto a la
- III
- Este segundo motivo, fue admitido para su análisis de fondo por la concurrencia de los
- Respecto al defecto establecido en el inc
- Con todos estos datos, se concluye que el Tribunal de apelación emitió el Auto de
- III.4. En cuanto a la adecuación de la conducta del recurrente
- El Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007, fue emitido dentro de un
- Los delitos para ser considerados como tales, deben reunir todas las condiciones exigidas para cada
- Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios desarrollados por este Tribunal en relación a la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
