Auto Supremo AS/0276/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2014-RRC

Fecha: 27-Jun-2014

En el segundo motivo, la recurrente expresó que en apelación restringida también denunció errónea aplicación


En conclusión, el Tribunal de Sentencia incurrió enuna errónea aplicación del delito de Falsedad Ideológica, sin que este defecto haya sido advertido por el Tribunal de alzada, pese a que el principio de legalidad entre otros fundamenta la jurisdicción ordinaria, que ineludiblemente debe ser observado por todos los tribunales de justicia en materia penal; en cuyo mérito, al no haberse dado aplicación a las previsiones del art. 413 del CPP, a los fines de la reposición del juicio por otro tribunal, se incurrió en contradicción con el precedente invocado por la parte recurrente.

En el segundo motivo, la recurrente expresó que en apelación restringida también denunció errónea aplicación de la ley sustantiva, específicamente de los arts. 37, 38 y 40 del CP, porque no se hubiera considerado su condición de madre de hijos menores, así como la única intención de salvar el inmueble en que vive en anticrético, situación que debió ser tomada en cuenta para aplicar una pena razonable, pues obró guiada por el temor de ser desalojada y quedar en la calle junto a sus hijos menores; en resumen no se analizaron las circunstancias que menciona para una correcta aplicación de los preceptos citados, razón por la que considera que la Resolución impugnada contradice lo establecido en el Auto Supremo 17 de 26 de enero de 2007; por lo que señala que debe anularse la Sentencia y el Auto de Vista y disponerse la reposición del juicio por otro Tribunal