Auto Supremo AS/0223/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2014

Fecha: 08-Jul-2014

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2. Refiere que la finalidad de este hecho fue eludir sus derechos al haber prestado servicios hasta el 31 de octubre de 2005 es decir por 92 días, 3 días por encima del plazo establecido en el contrato, extremo que fue reconocido por el representante de la empresa en el acta de confesión provocada donde señaló: “…LOS DÍAS QUE HA CONTINUADO TRABAJANDO FUERON POR SU PROPIA VOLUNTAD” (Sic.), situación que al no ser valorada por el Tribunal de Alzada, éste transgredió lo establecido por el artículo 167 del Código Procesal del Trabajo