Auto Supremo AS/0223/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2014

Fecha: 08-Jul-2014

Que, el referido fallo motivó a Lysander Alexis Lavadenz Carpio, la interposición del recurso de

AUTO SUPREMO Nº 223/2014

Sucre, 08 de julio de 2014




EXPEDIENTE:        S.60/2010

DISTRITO:                 La Paz

VISTOS: El recurso de casación de fojas 86 a 89, interpuesto por Lysander Alexis Lavadens Carpio, del Auto de Vista Nº 177/09 de 1 de  septiembre de 2009 de fojas 83 y vuelta, emitido por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso laboral por cobro de beneficios sociales y otros, seguido por el recurrente contra la Empresa Municipal de Mantenimiento Urbano “EMMU”, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que luego del trámite procesal, el Juez Segundo de  Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto – La Paz, dictó Sentencia Nº 35/2008 21 de junio de 2008 de fojas 63 a 65, declarando IMPROBADA en todas sus partes la demanda de fojas 10 y vuelta, con costas. En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 177/09 de 1 de septiembre de 2009 (fojas 83 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 35/2008 de fojas 63 y Auto de fojas 68, con la exclusión de la imposición de costas.
Que, el referido fallo motivó a Lysander Alexis Lavadenz Carpio, la interposición del recurso de casación contra el Auto de Vista Nº 177/09 de fojas 83 y vuelta, argumentando lo siguiente:

1. Manifiesta que el Auto de Vista reconoció la suscripción de un contrato a plazo fijo por 89 días desde el 1 de agosto de 2005 hasta el 28 de octubre del mismo año, fecha en que concluyeron sus funciones; pero, basa su fallo en la tarjeta de asistencia sin considerar que no registró su asistencia los tres días que trabajó después de la conclusión de su contrato, porque no se le permitió aduciendo que no podría hacerlo mientras no suscriba el contrato que estaba siendo elaborado