CONSIDERANDO II: Que, contra el referido Auto
CONSIDERANDO II: Que, contra el referido Auto de Vista, la demandada, interpone Recurso de Casación en el Fondo, bajo los siguientes argumentos legales:
Alega, vulneración y aplicación indebida de los arts. 16-d) y-e) de la Ley General del Trabajo y 9 de su Decreto Reglamentario por no haber considerado que el demandante incurrió en abandono de trabajo laboral por más de tres meses en incumplimiento del contrato de trabajo, por lo tanto no le correspondía el pago de desahucio ni indemnización
Alega, vulneración y aplicación indebida de los arts. 16-d) y-e) de la Ley General del Trabajo y 9 de su Decreto Reglamentario por no haber considerado que el demandante incurrió en abandono de trabajo laboral por más de tres meses en incumplimiento del contrato de trabajo, por lo tanto no le correspondía el pago de desahucio ni indemnización
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Social
- Notificada con la indicada Sentencia, la demandada,
- CONSIDERANDO II: Que, contra el referido Auto
- En cuanto al tiempo de servicios, no
- Señala que conforme lo establece el art
- Manifiesta sobre el sueldo promedio indemnizable que
- Sobre las causas del retiro, indica que
- Hace referencia a que en el
- Finalmente, repite que de acuerdo a
- Por lo que expone, interpone Recurso
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los
- Sobre la vulneración y aplicación
- Sobre la alusión de los
- En cuanto al promedio indemnizable, se
- Sobre el documento voluntario de conciliación por Bs
- Cabe señalar, una vez más,
- En consecuencia, no se advierten en
- POR TANTO: La Sala Social y
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Libro de Tomas de Razón Nº 247/2014
