Auto Supremo AS/0247/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2014

Fecha: 23-Jul-2014

En cuanto al tiempo de servicios, no

En cuanto al tiempo de servicios, no se pudo probar ni con las declaraciones testificales ni las respectivas confesiones provocadas ni las pruebas pre constituidas, la división del tiempo de servicios en dos periodos, uno de 10 años y otro de 6 años que el Tribunal Ad quem, lo da por bien hecho; sin embargo, este hecho sería novedoso en el campo laboral ya que por justicia el actor ha perdido el primer periodo de acuerdo a las confesiones provocadas al haberse ido del trabajo de forma intempestiva haciendo abandono de trabajo