VISTOS: El recurso de Casación planteado por Álvaro Céspedes Aguilar impugnando el Auto de Vista
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº:
174/2014
Fecha:
15 de agosto de 2014
Expediente:
78/2010
Distrito:
Cochabamba
Acusación:
Juan Roberto Mendivil, Vanessa Mendivil, Eliana Mendivil
Imputado
Álvaro Gonzalo Céspedes Aguilar
Delito:
Alzamiento de bienes o falencia civil
Recurso:
Casación
IANUS:
301199201000197
Magistrado Relator
Abg. Ivan Lima Magne
VISTOS: El recurso de Casación planteado por Álvaro Céspedes Aguilar impugnando el Auto de Vista de 01 de marzo de 2010, cursante a fojas 332-335 de obrados pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, los antecedentes cursantes en obrados especialmente:
La querella formulada el 21 de noviembre de 2005, que denuncia la comisión del ilícito de alzamiento de bienes o falencia civil, acción realizada por el supuesto autor entre el 8 y 29 de noviembre de 2004
AUTO SUPREMO Nº:
174/2014
Fecha:
15 de agosto de 2014
Expediente:
78/2010
Distrito:
Cochabamba
Acusación:
Juan Roberto Mendivil, Vanessa Mendivil, Eliana Mendivil
Imputado
Álvaro Gonzalo Céspedes Aguilar
Delito:
Alzamiento de bienes o falencia civil
Recurso:
Casación
IANUS:
301199201000197
Magistrado Relator
Abg. Ivan Lima Magne
VISTOS: El recurso de Casación planteado por Álvaro Céspedes Aguilar impugnando el Auto de Vista de 01 de marzo de 2010, cursante a fojas 332-335 de obrados pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, los antecedentes cursantes en obrados especialmente:
La querella formulada el 21 de noviembre de 2005, que denuncia la comisión del ilícito de alzamiento de bienes o falencia civil, acción realizada por el supuesto autor entre el 8 y 29 de noviembre de 2004
- VISTOS: El recurso de Casación planteado por Álvaro Céspedes Aguilar impugnando el Auto de Vista
- La PRIMERA SENTENCIA cursante a fojas 121 de obrados que declara inocente al imputado el
- Realizado el juicio de reenvió, se dicta una SEGUNDA SENTENCIA, que cursa a fojas 238
- CONSIDERANDO: (Razones Constitucionales y Convencionales que determinan la Admisibilidad del Recurso Presentado)
- 1
- 2
- 3
- 4
- 5
- La ampliación o corrección determinados por el artículo 399 del CPP, no podrá darse si
- 7
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
