Auto Supremo AS/0262/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2014

Fecha: 14-Ago-2014

De ello, se advierte que habiéndose efectuado la desvinculación del ahora actor con su empleador

De ello, se advierte que habiéndose efectuado la desvinculación del ahora actor con su empleador el 30 de noviembre de 1993, no fue sino hasta más de 17 años después, que interpuso demanda reclamando los derechos que pudieron o no corresponderle en su momento; no advirtiéndose de los datos del proceso, que dentro de los dos años posteriores a la fecha de ruptura laboral y que los arts. 120 de la LGT y 163 del DR-LGT señalan, el trabajador haya efectuado acción alguna que interrumpa la prescripción (como las notas a diferentes instituciones a las que hace mención en su recurso de casación); operando de tal manera la misma conforme se determinó correctamente en ambas instancias, al haber declarando el Juez a quo probada la excepción perentoria de prescripción y el Tribunal ad quem confirmándola mediante el Auto de Vista ahora recurrido