Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal de alzada a momento de emitir la Resolución, a fin de que sea válida; lo contrario significaría incurrir en falta de fundamentación y de motivación. Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante de argumentos y cita de normas legales, sino ser clara, concisa y responder todos los puntos denunciados
- Por memorial presentado el 28 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, presentó recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación interpuesto por el recurrente, y del Auto Supremo 155/2014-RA
- Solicitó se declare admisible el recurso y se dicte resolución declarando la doctrina legal aplicable
- Mediante Auto Supremo 155/2014-RA de 2 de mayo, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia emitió la Sentencia condenatoria 13/2013
- II.2. Apelación restringida
- Notificado el imputado con la sentencia, planteó apelación restringida (fs
- II.3. Auto de Vista impugnado
- Presentada la subsanación, el Tribunal de alzada, emitió el Auto de Vista impugnado, que se
- Consiguientemente, los vocales declararon improcedente la apelación restringida, y confirmaron la Sentencia apelada
- En el presente caso, se denuncia que el Tribunal de alzada omitió pronunciamiento sobre los
- Por lo cual, previo a desarrollar el análisis del caso es preciso establecer el entendimiento
- III.1. Diferencia entre la incongruencia omisiva y la falta de fundamentación
- El art
- Ahora bien, este Tribunal con relación al deber de motivación como elemento del debido proceso,
- De acuerdo a la doctrina legal establecida por este Tribunal, se incurre en el defecto
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: "El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- III.1.2. En relación a la debida fundamentación
- Por otra parte, sobre la debida fundamentación, en base a la exigencia contenida en la
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- conclusión, incumpliendo de esta manera lo determinado por el art
- De lo referido, queda clara la diferencia entre lo que se debe comprender por falta
- Teniendo en cuenta que el Auto de Admisión 155/2014-RA de 2 de mayo, estableció que
- Consecuentemente, esta doctrina legal estableció, en esencia, que ante la omisión de pronunciamiento de parte
- Precisado el ámbito de análisis del presente agravio y el contenido del Auto Supremo citado
- Previo a realizar la contrastación, es necesario precisar que el denunciante en forma expresa delimita,
- Efectuada esta precisión, se evidencia que el Tribunal de alzada señaló respecto al primer agravio,
- Respecto al segundo agravio, cuya denuncia desemboca en la presunta errónea valoración de la prueba
- Con relación al tercer y cuarto agravio, sobre la nulidad del proceso por defecto absoluto,
- Por otra parte, en el cuarto motivo el denunciante señaló que el Tribunal de juicio
- Sobre el quinto motivo, de la petición de nulidad del proceso, por condenarle a morir
- Por lo precedentemente expuesto, se puede afirmar que la denuncia de incongruencia omisiva de parte
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
