Auto Supremo AS/0371/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0371/2014-RRC

Fecha: 08-Ago-2014

Notificado el imputado con la sentencia, planteó apelación restringida (fs


Notificado el imputado con la sentencia, planteó apelación restringida (fs. 324 a 327 vta.), y que al radicarse la causa ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, observó el memorial para que se dé cumplimiento a la previsión del art. 408 del CPP, a cuyo efecto el apelante presentó memorial de subsanación de la apelación restringida, cuyo contenido es el siguiente: a) Nulidad por defecto absoluto, por la vulneración del debido proceso y defensa establecida en el art. 121 de la Constitución Política del Estado (CPE), porque el 25 de septiembre de 2013, presentó un petitorio en el que se reservó el derecho de apelar, al habérsele colocado en indefensión, debido a que el abogado de la defensa pública no realizó defensa efectiva al no presentar recursos ni pruebas; b) Defectos de Sentencia previstos en el art. 370 incs. 1), 2), 4) y 6) del CPP, por no existir presencia de espermatozoides en la víctima, ni en su ropa interior, además que no se completó los dieciséis parámetros exigidos, faltando dos marcadores en la comprobación genética; c) Nulidad del proceso por defecto absoluto, por vulneración de los arts. 25.IV, 44 y 122 de la CPE, porque las pruebas científicas fueron obtenidas en franca violación de estas normas, los cuales no fueron observados por su abogado; d) Nulidad del proceso por defecto absoluto, por la vulneración de los arts. 116.I de la CPE, del principio de inocencia, defensa y debido proceso; y e) Nulidad del proceso porque se le condena morir en la cárcel al haberle condenado a veintidós años de privación de libertad