Interpuesto el recurso de apelación por el asegurado (fs
I.2 Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por el asegurado (fs. 183 a 185), mediante Auto de Vista Nº 48/2014 de 4 de junio (fs. 194 a 195), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, decidió revocar la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 088/14 de 18 de febrero, disponiendo que la Comisión de Calificación de Rentas pronuncie nueva resolución de compensación de cotizaciones por procedimiento manual, tomando en cuenta las papeletas de liquidación de fs. 147-139, 45-35 desde la gestión 1993-1996, por las que demuestra las aportaciones tanto al Fondo de Pensiones Básicas como al Fondo Complementario Minero, sin costas
Interpuesto el recurso de apelación por el asegurado (fs. 183 a 185), mediante Auto de Vista Nº 48/2014 de 4 de junio (fs. 194 a 195), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, decidió revocar la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 088/14 de 18 de febrero, disponiendo que la Comisión de Calificación de Rentas pronuncie nueva resolución de compensación de cotizaciones por procedimiento manual, tomando en cuenta las papeletas de liquidación de fs. 147-139, 45-35 desde la gestión 1993-1996, por las que demuestra las aportaciones tanto al Fondo de Pensiones Básicas como al Fondo Complementario Minero, sin costas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto mediante escrito de fs
- La señalada resolución fue objeto del recurso de reclamación presentado por el asegurado Vicente Alejo
- Interpuesto el recurso de apelación por el asegurado (fs
- Dicha resolución motivó que el SENASIR por intermedio de Mirvia Arrueta Montesinos con poder para
- Sobre el mismo punto, refirió que al no haberse valorado el Informe Técnico que cursa
- Finalmente, señaló que al valorarse la prueba presentada en apelación como la cursante de fs
- Anotó que, se inició proceso penal al asegurado, por existir la posibilidad de que la
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, disponiendo
- Así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los antecedentes
- Que, el DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004 y la Resolución Ministerial
- En ese sentido, cuando el art
- Lo contrario, es decir, desconocer aquellos años de trabajo alegados y demostrados por el trabajador,
- Bajo tales parámetros, lo razonado por el SENASIR, respecto a que, en trámites de Compensación
- Por otra parte, en cuanto a la falta de valoración del Informe Técnico que cursa
- De modo que, precisamente ante la ausencia de las mismas planillas o el nombre del
- Finalmente, en cuanto a la valoración de la prueba cursante de fs
- El hecho de que se habría iniciado un proceso penal al asegurado, por existir la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
