VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto mediante escrito de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 349
Sucre, 30 de septiembre de 2014
Expediente: 202/2014-A
Demandante: Vicente Alejo Paco
Demandada: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Distrito: Potosí
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto mediante escrito de fs. 197 a 198 por Mirvia Arrueta Montesinos en representación legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 48/2014 de 4 de junio (fs. 194 a 195) pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; dentro del trámite de Compensación de Cotizaciones seguido por Vicente Alejo Paco ante el SENASIR; sin respuesta de la parte contraria; el Auto de fs. 205 vta., que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Resolución de la Comisión de Calificación
Que, iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR emitió la Resolución Nº 4802 de 29 de mayo de 2013 cursante de fs. 133 a 134, repetida de fs. 136 a 137, por la cual resolvió Desestimar la solicitud de Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual del asegurado Alejo Paco Vicente
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 349
Sucre, 30 de septiembre de 2014
Expediente: 202/2014-A
Demandante: Vicente Alejo Paco
Demandada: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Distrito: Potosí
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto mediante escrito de fs. 197 a 198 por Mirvia Arrueta Montesinos en representación legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 48/2014 de 4 de junio (fs. 194 a 195) pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; dentro del trámite de Compensación de Cotizaciones seguido por Vicente Alejo Paco ante el SENASIR; sin respuesta de la parte contraria; el Auto de fs. 205 vta., que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Resolución de la Comisión de Calificación
Que, iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR emitió la Resolución Nº 4802 de 29 de mayo de 2013 cursante de fs. 133 a 134, repetida de fs. 136 a 137, por la cual resolvió Desestimar la solicitud de Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual del asegurado Alejo Paco Vicente
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto mediante escrito de fs
- La señalada resolución fue objeto del recurso de reclamación presentado por el asegurado Vicente Alejo
- Interpuesto el recurso de apelación por el asegurado (fs
- Dicha resolución motivó que el SENASIR por intermedio de Mirvia Arrueta Montesinos con poder para
- Sobre el mismo punto, refirió que al no haberse valorado el Informe Técnico que cursa
- Finalmente, señaló que al valorarse la prueba presentada en apelación como la cursante de fs
- Anotó que, se inició proceso penal al asegurado, por existir la posibilidad de que la
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, disponiendo
- Así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los antecedentes
- Que, el DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004 y la Resolución Ministerial
- En ese sentido, cuando el art
- Lo contrario, es decir, desconocer aquellos años de trabajo alegados y demostrados por el trabajador,
- Bajo tales parámetros, lo razonado por el SENASIR, respecto a que, en trámites de Compensación
- Por otra parte, en cuanto a la falta de valoración del Informe Técnico que cursa
- De modo que, precisamente ante la ausencia de las mismas planillas o el nombre del
- Finalmente, en cuanto a la valoración de la prueba cursante de fs
- El hecho de que se habría iniciado un proceso penal al asegurado, por existir la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
