Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de reclamación del SENASIR, éste interpuso
3) Recurso de apelación y Auto de Vista
Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de reclamación del SENASIR, éste interpuso recurso de apelación mediante memorial de fs. 346 a 348, que fue resuelto por el Ad quem a través del Auto de Vista hoy impugnado, revocando las Resoluciones Nº 007349 de 5 de junio de 2001 y 002078 de 7 de febrero de 2002, ambas dictadas por la Comisión de calificación de rentas de la Dirección de Pensiones y la Resolución Nº 00291/13 de 10 de mayo pronunciada por el SENASIR, y deliberando en el fondo ordenó a la Comisión Calificadora de Rentas del SENASISR, proceda al recálculo de la renta única de vejez con reducción de edad a favor de Gastón Arturo Carrasco Mendizábal, en base a 264 cotizaciones para ambos regímenes, considerando un salario promedio mensual de Bs.4.946,28.- de manera retroactiva
Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de reclamación del SENASIR, éste interpuso recurso de apelación mediante memorial de fs. 346 a 348, que fue resuelto por el Ad quem a través del Auto de Vista hoy impugnado, revocando las Resoluciones Nº 007349 de 5 de junio de 2001 y 002078 de 7 de febrero de 2002, ambas dictadas por la Comisión de calificación de rentas de la Dirección de Pensiones y la Resolución Nº 00291/13 de 10 de mayo pronunciada por el SENASIR, y deliberando en el fondo ordenó a la Comisión Calificadora de Rentas del SENASISR, proceda al recálculo de la renta única de vejez con reducción de edad a favor de Gastón Arturo Carrasco Mendizábal, en base a 264 cotizaciones para ambos regímenes, considerando un salario promedio mensual de Bs.4.946,28.- de manera retroactiva
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Olga Durán Uribe y Daniel
- Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de reclamación del SENASIR, éste interpuso
- De la revisión del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- Manifiesta que, de la revisión del presente caso, se acredita que mediante la Resolución Nº
- Enfatiza que, el monto de la renta única de vejez y la reducción de edad
- Manifiesta que, con relación al tercer considerando se dio estricto cumplimiento al DS Nº 27543
- Concluye citando las normas “legales transgredidas y mal aplicadas”; art
- Pide que este Tribunal Supremo de Justicia pronuncie el correspondiente Auto Supremo, Casando el Auto
- Con respecto a los requisitos de procedencia del recurso de casación en materia social, corresponde
- Con ese preámbulo, es menester hacer referencia a lo dispuesto por el art
- Uno de los requisitos de procedencia del recurso de casación se encuentra establecido en el
- Siguiendo dicho lineamiento, mediante el Auto Supremo Nº 23 de 18 de febrero de 2013
- Teniendo presente los fundamentos jurídicos expuestos en el acápite que precede, se advierte que el
- El recurrente al inicio de su argumentación, cita el contenido del art
- Finalmente en el punto de “Normas Legales Transgredidas y mal aplicadas”, hace alusión al
- La omisión advertida no puede ser suplida de oficio por este Tribunal que se ve
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
