Auto Supremo AS/0005/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2015-RA-L

Fecha: 21-Ene-2015

oportunidad


Por lo tanto, teniendo en cuenta que la falta de uso o reclamo oportuno de los medios de impugnación idóneos otorgados por la normativa legal vigente del país, supone la acción voluntaria de la persona, de someterse a las decisiones asumidas hasta ese momento procesal, al no haberlas objetado al asumir una actitud pasiva frente a las mismas; refleja un consentimiento del acto que posteriormente, en otra etapa procesal pretende reclamar, como en el presente caso; pues no obstante que Miguel Ángel Limariño Sanjinés dejó transcurrir el plazo que tenía para plantear apelación restringida; ahora pretende plantear recurso de casación, pese a no haber cuestionado los aspectos que consideraba lesivos en su debida


oportunidad. Extremos que demuestran en definitiva la INADMISIBILIDAD del presente recurso respecto a su persona, al haberse operado lo preceptuado por el art. 126 del CPP, por cuanto la resolución judicial quedó ejecutoriada al no haberse interpuesto los recursos legales de manera oportuna