Auto Supremo AS/0031/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2015-RA

Fecha: 15-Ene-2015

de septiembre de 2014 su recurso de casación; en consecuencia, efectuado el cómputo conforme las


IV.2 Del recurso de casación formulado por los acusadores particulares Cecilia Carola y Robín Eduardo de apellidos Menacho Banegas.

Con relación al requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP, se evidencia que los recurrentes fueron notificados con la resolución recurrida el jueves 11 de septiembre de 2014, conforme se tiene de la diligencia de fs. 1070 y lo expresado en el propio memorial de recurso, en el que ambos acusadores particulares dejan constancia que la notificación se diligenció en la referida fecha, interponiendo el 26


de septiembre de 2014 su recurso de casación; en consecuencia, efectuado el cómputo conforme las previsiones del art. 130 del CPP, se tiene que el plazo para recurrir de casación se inició el viernes 12 de septiembre de 2014 y venció a las veinticuatro horas del jueves 18 del mismo mes y año, resultando por tanto extemporánea la formulación del presente recurso de casación, por lo que deviene en inadmisible