Por memoriales presentados el 24 de junio y 26 de septiembre de 2014, cursantes de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 031/2015-RA
Sucre, 15 de enero de 2015
Expediente: Santa Cruz 92/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otros
Parte imputada: Dennis Gabriel Torrico Castro
Delitos: Homicidio, Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de
Tránsito y otro
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 24 de junio y 26 de septiembre de 2014, cursantes de fs. 1037 a 1052 reiterado de 1053 a 1068 y 1072 a 1077, el imputado Dennis Gabriel Torrico Castro, así como los acusadores particulares Cecilia Carola y Robín Eduardo de apellidos Menacho Banegas, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 254 de 24 de diciembre de 2013 de fs. 1030 a 1035, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los nombrados acusadores, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro previstos y sancionados por los arts. 260 y 261 del Código Penal (CP) respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 031/2015-RA
Sucre, 15 de enero de 2015
Expediente: Santa Cruz 92/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otros
Parte imputada: Dennis Gabriel Torrico Castro
Delitos: Homicidio, Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de
Tránsito y otro
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 24 de junio y 26 de septiembre de 2014, cursantes de fs. 1037 a 1052 reiterado de 1053 a 1068 y 1072 a 1077, el imputado Dennis Gabriel Torrico Castro, así como los acusadores particulares Cecilia Carola y Robín Eduardo de apellidos Menacho Banegas, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 254 de 24 de diciembre de 2013 de fs. 1030 a 1035, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los nombrados acusadores, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro previstos y sancionados por los arts. 260 y 261 del Código Penal (CP) respectivamente
- Por memoriales presentados el 24 de junio y 26 de septiembre de 2014, cursantes de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 17 de junio y 11 de septiembre de 2014 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- habría emitido resolución alguna, omisión que se constituiría en incumplimiento de deberes; continua señalando que
- 5)Finalmente, señala que el Ministerio Público injustificadamente rechazó la pericia de Miguel Ángel Barba Escalante,
- Eduardo Menacho Banegas
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- caso en el cual, el recurrente tiene la carga procesal de invocar el precedente contradictorio
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ante la formulación de los recursos de casación por ambas partes, corresponde la verificación del
- Respecto a los demás requisitos, se observa que el recurrente denuncia en el primer motivo,
- La labor de contraste no considerará los siguientes Autos Supremos: 192 de 11 de julio
- Finalmente, sobre el quinto motivo, acusa defecto absoluto insubsanable por vulneración flagrante del debido proceso,
- Se aclara con referencia a las Sentencias Constitucionales citadas como precedentes, que las mismas no
- de septiembre de 2014 su recurso de casación; en consecuencia, efectuado el cómputo conforme las
- A ello se suma el hecho de que los recurrentes se limitan a denunciar que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
