Auto Supremo AS/0332/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Respecto del segundo considerando, este carece de fundamentación, valora superficialmente los argumentos expuestos en el

Respecto del segundo considerando, este carece de fundamentación, valora superficialmente los argumentos expuestos en el recurso de apelación, no indica hasta qué fecha estaría valorando el supuesto trabajo del Sr. Agudo, mucho menos hace referencia a la fecha exacta del cumplimiento del contrato, además dejan de lado la fecha de inicio de su labor 23 de marzo de 2012 debiendo cumplir sus funciones hasta fecha 23 del mes a determinarse, por lo que no se le puede pagar por días no trabajados y que sólo a capricho de los Tribunales de instancia le impondrían dicho pago