Auto Supremo AS/0342/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2015

Fecha: 27-Oct-2015

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1.1.- Errónea aplicación del art. 127.a) del Código Procesal del Trabajo (CPT), sobre impersoneria para ser demandado, y art. 271 de la Constitución Política del Estado (CPE), que establecen las bases de la organización territorial de Estado en su parte tercera, arts. 269 al 305, respecto a la competencia y faculta a los gobiernos autónomos departamentales para reglamentar y ejecutar la gestión del sistema de salud, Ley Nº 31 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” en sus arts. 81, 101,110 y 113, donde se determina que estos centros de salud, serán administrados por el Gobierno Autónomo Departamental, siendo estos los que deben proveer, servicios básicos, equipos, mobiliario, medicamentos, insumos y demás suministros