Auto Supremo AS/0342/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Que, de la revisión de la sentencia el juzgador aceptó la documental aportada como prueba

Que, de la revisión de la sentencia el juzgador aceptó la documental aportada como prueba de la relación laboral, indicando las pruebas de manera muy general o enunciativa simplemente, pero sin valorar el contenido o esencia de la misma en su conjunto, peor aún no realizó el análisis valorativo de lo expresado, en dicha documental que demuestra la verdad fáctica de la relación laboral existente entre el municipio y la trabajadora y, por ende no se pronunció en lo fundamental de la litis, que es determinar quién es el empleador obligado a pagar los derechos de la trabajadora, aspectos que también son obviados por el tribunal a quo, de igual manera el tribunal de alzada que incurrió en errónea interpretación de lo establecido por el art. 198 del CPT, ya que por el contrario, el Juez de primera instancia a momento de dictar sentencia omitió un sinfín de indicios que emergieron de la conducta procesal de la parte demandante, indicios que habrían ratificado la veracidad de los extremos expuestos en la contestación a la demanda principal