Auto Supremo AS/0706/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0706/2015

Fecha: 05-Oct-2015

V

V. El ilícito tributario de ´evasión tributaria´ tipificado en el art.114 de la Ley No 1340 (CTb), extraído del Modelo de Código Tributario para América Latina (MCTAL) tipifica la evasión tributaria en el art. 113.d) señalando que cuando: ´… 2) Los contribuyentes han omitido el pago de los tributos´, aplicando una sanción del 50% del tributo omitido actualizado conforme el art. 116 de la Ley No 1340 (CTb). Es claro que el ilícito de evasión queda consumado en principio cuando se comprueba la falta de pago, sin perjuicio del elemento culposo o doloso que debe existir para que esta conducta sea punible.”(sic)