Auto Supremo AS/0713/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0713/2015

Fecha: 05-Oct-2015

CONSIDERANDO I

Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 165 a 167 vta., interpuesto por Marco Antonio Dabdoub Álvarez en representación legal de la empresa General Industrial & Trading S.A., contra el Auto de Vista N° 384 de 27 de mayo de 2011, de fs. 160 a 161 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso social que por pago de beneficios sociales y derechos laborales sigue Efraín Ovando Velásquez contra la entidad hoy recurrente; la respuesta al mencionado recurso, de fs. 169 a 170; el Auto N° 272 de 26 de septiembre de 2011, cursante a fs. 171, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Promovida la acción y tramitado el proceso social señalado al exordio, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 777 de 23 de noviembre de 2010 de fs. 117 a 121 vta., por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 11 a 13 vta., sin costas, e improbada la excepción perentoria de pago cursante a fs. 29 y vta., disponiendo que la empresa demandada pague a favor del actor el monto de Bs.77.088,59 (setenta y siete mil ochenta y ocho 59/100 bolivianos), por los conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo, sueldos devengados, prima, multa del 30% y menos pago a cuenta depositado ante Jefatura del Trabajo. Además de los reajustes y actualizaciones dispuestas por el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006. Todo conforme al detalle que se tiene asentado en la misma Sentencia