Auto Supremo AS/0715/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0715/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

El Auto Supremo 178 de 17 de mayo de 2006, emitido dentro de un


El Auto Supremo 178 de 17 de mayo de 2006, emitido dentro de un proceso sobre Tráfico de Sustancias Controladas, el Tribunal de Alzada al anular la sentencia y reponer el juicio para que sustancie otro Tribunal de Sentencia vulnera el principio de la tutela judicial efectiva que debe brindar la autoridad jurisdiccional a las partes procesales, con ello contraviene el debido proceso, porque al conocer la impugnación y el pedido expreso en vez de resolverlos limita su propia competencia, además de ir contra la celeridad del proceso al tratar que se sustancie nuevo juicio; habiéndose señalado en el precedente invocado entre otros aspectos:“ Que el Tribunal de Alzada al anular la sentencia y reponer el juicio para que sustancie otro Tribunal de Sentencia vulnera el principio de la tutela judicial efectiva que debe brindar la autoridad jurisdiccional a las partes procesales, con ello contraviene el debido proceso, porque al conocer la impugnación y el pedido expreso en vez de resolverlos limita su propia competencia, además de ir contra la celeridad del proceso al tratar que se sustancie nuevo juicio sin motivo ni fundamento alguno”