Auto Supremo AS/0715/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0715/2015

Fecha: 05-Oct-2015

Si bien se afirma que por la literal de fs

Si bien se afirma que por la literal de fs. 14, se demostraría que el trabajador se retiró voluntariamente y que fruto de ello se pagó sus beneficios sociales conforme a Ley, aquello no se tiene suficientemente probado, de manera que haga concluir con certeza o por lo menos lo más aproximado a ella, que en el caso no hubiere existido una continuidad en la relación laboral, como establecieron los de instancia; así, las testificales de fs. 174 a 176, tampoco es evidente que las mismas sean contestes y uniformes en personas, tiempos hechos y lugares, de modo que acrediten que el actor sólo hubiere prestado sus servicios en la entidad demandada hasta la fecha señalada por la parte demandada, de modo que tal prueba no puede formar convicción en el juzgador para desestimar los beneficios sociales y derechos laborales reclamados por el actor por todo el tiempo de prestación de servicios que este demandó