Del memorial del recurso de casación que cursa de fs
I.1.1. Motivo del recurso
Del memorial del recurso de casación que cursa de fs. 539 a 543 vta., y del Auto Supremo 356/2015-RA-L de 6 de junio de fs. 557 a 559, se extrae el siguiente motivo sobre el cual este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP):
Alega la recurrente que, hasta el momento de su declaración, el juicio se llevó acabo ante el Juez Segundo de Sentencia, cuando éste de oficio se excusó de la causa, tramitándose el juicio ante el Juez Tercero de Sentencia, quien dispuso se continúe con el juicio, en vulneración de los principios de inmediación, oralidad y contradicción, así como la vulneración al derecho de defensa y Juez natural, tomando en cuenta que su declaración más que un medio probatorio es un medio de defensa, y el cual no fue oído por el Juez sentenciador; por lo que, el mismo no sabe si en el referido momento procesal el imputado fue o no convincente; incidente de actividad procesal defectuosa que había sido rechazado por el Juez Tercero de Sentencia, con inconsistente argumento de que la fase de incidentes precluyó y que las declaraciones y actuaciones realizadas se encuentran en actas del juicio; argumento ratificado por el Tribunal de alzada, quien se limitó a señalar que no es evidente la supuesta vulneración de los principios de oralidad e inmediación, pues la prueba se produjo y judicializó ante el Juez que emitió la Sentencia; sin tomar en cuenta que es un juicio oral y no escrito. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 184 de 2008, 204 de 28 de marzo de 2007 y 435 de 11 de octubre de 2006
- Por memorial presentado el 29 de junio de 2010, cursante de fs
- a) Por Sentencia de 18 de febrero de 2010, el Juez Tercero de
- b) Contra la referida Sentencia, la imputada Sirley Carola Zeballos Carvajal (fs
- Del memorial del recurso de casación que cursa de fs
- Mediante Auto Supremo 356/2015-RA-L de 6 de julio, se determinó la admisión del recurso de
- II.1. Audiencia de juicio oral
- El Juez Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa
- El 27 de agosto de 2009, el Juez Segundo de Sentencia de Sentencia, se excusó
- II.2. De la Sentencia
- II.3. De la apelación restringida
- II.4.Auto de Vista
- El presente recurso fue admitido para su análisis de fondo ante la denuncia de vulneración
- III.1. El derecho a la defensa en el proceso penal
- El derecho a la defensa se halla definido como el: "(
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, el art
- En cuanto se refiere a los alcances del derecho a la defensa, el Tribunal Constitucional,
- III.2. Respecto al Juez natural
- La garantía del debido proceso, entre otros elementos está compuesta o integrada por el juez
- III.3. La nulidad y los principios que la regulan
- Teniendo en cuenta el principio de trascendencia, las irregularidades que originan una nulidad, la invalidación
- En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
- Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
- Por otra parte, el principio de subsanación, establece que no hay nulidad si el vicio
- Estos principios, que son orientadores de las nulidades, deben ser interpretados de manera restrictiva cuando
- III.4. Análisis del caso en concreto
- Del análisis detenido del recurso de casación y de todos los antecedentes del proceso, se
- En la audiencia de 14 de octubre de 2009, el Juez Tercero de Sentencia declaró
- En definitiva, se tiene que la imputada Sirley Carola Zeballos Carvajal, si bien prestó su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
