En definitiva, se tiene que la imputada Sirley Carola Zeballos Carvajal, si bien prestó su
En definitiva, se tiene que la imputada Sirley Carola Zeballos Carvajal, si bien prestó su declaración ante el Juez Segundo de Sentencia, no es menos evidente que esa declaración fue considerada por el Juez Tercero de Sentencia que finalmente emitió la sentencia condenatoria en su contra, tal como se advierte de su contenido en el acápite “PERSONALIDAD Y DECLARACIÓN DE LA IMPUTADA SHIRLEY CAROLA ZEBALLOS CARVAJAL”, que esencialmente es coincidente con lo sostenido por la propia imputada en ejercicio de su derecho a la última palabra, cuando en los hechos alegó su inocencia al enfatizar que el monto de dinero en cuestión fue entregado a la parte querellante sin extenderse el respectivo recibo por la confianza existente; además, se advierte que durante todo el desarrollo del acto de juicio la imputada ejerció ampliamente su derecho a la defensa constitucionalmente garantizado y conforme los alcances precisados en el acápite III.1 de la presente resolución, pues opuso excepciones encaminadas a la extinción de la acción, independientemente de que hayan sido rechazadas por la autoridad judicial, ofreció y se judicializó la prueba de descargo, interrogó a los testigos de cargo, expuso el alegato final y ejerció su derecho a recurrir respecto a las resoluciones emitidas en la presente causa, no siendo evidente que haya sido juzgada sin ser escuchada como sostiene en su recurso
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- II.3. De la apelación restringida
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- III.4. Análisis del caso en concreto
- Del análisis detenido del recurso de casación y de todos los antecedentes del proceso, se
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- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
