Auto Supremo AS/0718/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0718/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

En la audiencia de 14 de octubre de 2009, el Juez Tercero de Sentencia declaró


En la audiencia de 14 de octubre de 2009, el Juez Tercero de Sentencia declaró sin lugar la extinción de la acción penal presentada por la parte imputada, quien el 4 de noviembre del mismo año presentó incidente de actividad procesal defectuosa, pidiendo que se le tome nuevamente su declaración, indicando que la realizó ante el Juez Segundo de Sentencia, el cual se excusó, situación que a su criterio afectó el principio de inmediación; incidente que por Auto de 4 de noviembre de 2009, fue declarado improcedente, continuando el juicio oral con la declaración del coimputado, luego se presentaron las pruebas testificales y documentales de cargo y descargo. Finalmente, al concluir la audiencia de juicio oral, se concedió la palabra tanto a la acusadora particular como a la imputada, quienes en aplicación del art. 356 del CPP, ejercieron el derecho a la última palabra, oportunidad en la cual la imputada al igual que lo expresado en su declaración insistió que el dinero fue entregado a la parte querellante sin haberse entregado ningún recibo por la confianza que había