La garantía del debido proceso, entre otros elementos está compuesta o integrada por el juez
La garantía del debido proceso, entre otros elementos está compuesta o integrada por el juez natural e inherentemente, la seguridad jurídica, principios y garantías que emergen del art. 117 de la CPE que señala: "Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada" y en relación a este, el art. 120.I de la CPE señala: “Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa”; además, el art. 122 de la misma CPE, establece: "Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley", siendo este el marco constitucional que sustenta el principio del juez natural, que es entendido por la doctrina como el juez competente que de acuerdo a las normas jurídicas previamente establecidas, conforme criterios de territorio, materia y cuantía, es el llamado para conocer y resolver una controversia judicial, y así también lo establece el art. 12 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) señala: "(Competencia) Es la facultad que tiene una magistrada o magistrado, una o un vocal, una jueza o un juez, o autoridad indígena originaria campesina para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto", por lo que se concluye que el Juez natural, es aquel predeterminado por la ley, además de competente, independiente e imparcial
- Por memorial presentado el 29 de junio de 2010, cursante de fs
- a) Por Sentencia de 18 de febrero de 2010, el Juez Tercero de
- b) Contra la referida Sentencia, la imputada Sirley Carola Zeballos Carvajal (fs
- Del memorial del recurso de casación que cursa de fs
- Mediante Auto Supremo 356/2015-RA-L de 6 de julio, se determinó la admisión del recurso de
- II.1. Audiencia de juicio oral
- El Juez Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa
- El 27 de agosto de 2009, el Juez Segundo de Sentencia de Sentencia, se excusó
- II.2. De la Sentencia
- II.3. De la apelación restringida
- II.4.Auto de Vista
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- III.1. El derecho a la defensa en el proceso penal
- El derecho a la defensa se halla definido como el: "(
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, el art
- En cuanto se refiere a los alcances del derecho a la defensa, el Tribunal Constitucional,
- III.2. Respecto al Juez natural
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- III.3. La nulidad y los principios que la regulan
- Teniendo en cuenta el principio de trascendencia, las irregularidades que originan una nulidad, la invalidación
- En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
- Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
- Por otra parte, el principio de subsanación, establece que no hay nulidad si el vicio
- Estos principios, que son orientadores de las nulidades, deben ser interpretados de manera restrictiva cuando
- III.4. Análisis del caso en concreto
- Del análisis detenido del recurso de casación y de todos los antecedentes del proceso, se
- En la audiencia de 14 de octubre de 2009, el Juez Tercero de Sentencia declaró
- En definitiva, se tiene que la imputada Sirley Carola Zeballos Carvajal, si bien prestó su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
