Auto Supremo AS/0740/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0740/2015

Fecha: 05-Oct-2015

Consiguientemente, al no ser evidentes las infracciones acusadas por el recurrente, éstas devienen en infundadas,

Consiguientemente, al no ser evidentes las infracciones acusadas por el recurrente, éstas devienen en infundadas, correspondiendo resolver el recurso de casación en el fondo de acuerdo a lo establecido por los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables al caso presente por la norma permisiva del art. 252 del CPT