Auto Supremo AS/0742/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2015

Fecha: 07-Oct-2015

Al respecto, revisados los antecedentes del proceso, se advierte que el demandante sostuvo en su

Al respecto, revisados los antecedentes del proceso, se advierte que el demandante sostuvo en su memorial de demanda de fs. 6 a 7, subsanada a fs. 9, así como ratificado en su confesión provocada de fs. 230, que su relación laboral con la parte demandada inició el 01 de agosto de 2000, afirmación que ciertamente fue asumida como cierta por la Juez de grado en su Sentencia de fs. 259 a 265, que estableció como conclusión que la relación laboral entre ambas partes del proceso habría iniciado esa fecha, es decir, el 01 de agosto de 2000, basado fundamentalmente en la literal cursante a fs. 1 y las testificales de cargo y descargo de fs. 223, 225, 227, 233, 235 y 237, pero además por las literales de fs. 169, 176 y 177, 188, 189, entre otras