Auto Supremo AS/0742/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0742/2015

Fecha: 07-Oct-2015

Por lo anotado, este Tribunal no encuentra evidencia de que el fallo recurrido hubiere incurrido

Por lo anotado, este Tribunal no encuentra evidencia de que el fallo recurrido hubiere incurrido en errónea valoración de la prueba aportada por las partes del proceso respecto a la fecha de inicio de la relación laboral, al contrario, se advierte que la prueba extrañada fue correctamente valorada y en el marco de los arts. 3.j), 158 y 200 del CPT, al apreciar la prueba en su conjunto y no así de manera individual como pretende la parte recurrente; a más de lo señalado, se advierte también que el demandado no desvirtuó con suficiencia, lo afirmado por la parte demandante, en el marco del principio de inversión de la prueba previsto en los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT