VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 746
Sucre, 07 de octubre de 2015
Expediente: 540/2011-S
Demandante: Carmen Fátima Forero Correa
Demandado: Universidad Autónoma del Beni “José Ballivian”
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
===============================================================
VISTOS: El recurso de casación de fs. 64 a 65, interpuesto por Luis Carlos Zambrano Aguirre, en su calidad de Rector de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivian” contra el Auto de Vista Nº 76/2011 de 9 de septiembre, cursante de fs. 59 a 60, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, dentro del proceso social de Cobro de Beneficios Sociales, seguido por Carmen Fátima Forero Correa contra la universidad recurrente; la respuesta cursante a fs. 68 y vta.; el Auto de 15 de noviembre de 2011 que cursa a fs. 69, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Trinidad - Beni, emitió Sentencia Nº 18/2011 de 23 de mayo, cursante de fs. 33 a 36, declarando probada la demanda que cursa a fs. 5 y vta., sin costas, disponiendo que la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivian”, a través de su representante legal pague a favor de Carmen Fátima Forero Correa la suma de Bs.13.856,63 por concepto de beneficios sociales, de acuerdo al detalle contenido en la parte resolutiva de la Sentencia
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 746
Sucre, 07 de octubre de 2015
Expediente: 540/2011-S
Demandante: Carmen Fátima Forero Correa
Demandado: Universidad Autónoma del Beni “José Ballivian”
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 64 a 65, interpuesto por Luis Carlos Zambrano Aguirre, en su calidad de Rector de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivian” contra el Auto de Vista Nº 76/2011 de 9 de septiembre, cursante de fs. 59 a 60, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, dentro del proceso social de Cobro de Beneficios Sociales, seguido por Carmen Fátima Forero Correa contra la universidad recurrente; la respuesta cursante a fs. 68 y vta.; el Auto de 15 de noviembre de 2011 que cursa a fs. 69, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Trinidad - Beni, emitió Sentencia Nº 18/2011 de 23 de mayo, cursante de fs. 33 a 36, declarando probada la demanda que cursa a fs. 5 y vta., sin costas, disponiendo que la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivian”, a través de su representante legal pague a favor de Carmen Fátima Forero Correa la suma de Bs.13.856,63 por concepto de beneficios sociales, de acuerdo al detalle contenido en la parte resolutiva de la Sentencia
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación promovida por Luis Carlos Zambrano Aguirre en representación de la Universidad
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Que así planteado el recurso de casación, se colige que el reclamo está referido a
- Identificada la controversia, corresponde el análisis y consideración del recurso, partiendo de los
- Por su parte, la Constitución Política del Estado (CPE) conforme a esta óptica protectiva regula
- Finalmente, corresponde establecer que, la valoración y compulsa de las pruebas, es una atribución privativa
- En el marco legal referido, en la especie, el representante de la universidad recurrente, alega
- En mérito a la normativa expuesta, no cabe duda, tal como razonó el Tribunal de
- En cuanto a la afirmación que no hubo una tercera contratación que convierta la relación
- Finalmente, en cuanto a la denuncia de inobservancia del art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
