Auto Supremo AS/0747/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0747/2015

Fecha: 07-Oct-2015

Por ello se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso

Por ello se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de fs. 38 a 40, corresponde resolver el recurso en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT