SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Firmado
Magistrada Relatora Dra. Norka N. Mercado Guzmán
Magistrada Maritza Suntura Juaniquina
Secretario de Sala Cristhian G. Miranda Dávalos
SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
- 1) Sobre la insuficiente fundamentación de la Sentencia, denunciada por los imputados, y que
- 1) La Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc
- En el mismo motivo, denunciaron los recurrentes, que en la Sentencia el Tribunal de mérito
- 2) Denuncian que la Sentencia se basó en medios de prueba ilegales o incorporados al
- Las apelaciones restringidas expuestas precedentemente, fueron resueltas a través del Auto de Vista 04/2011 de
- En la especie, tenemos que la sentencia en su valoración de la prueba, cita, resume
- b) En el mismo considerando y acápite, inc
- Conforme el art
- Respecto al primer motivo del recurso de casación relativo a la supuesta revalorización de la
- De la precisión anterior y considerando las previsiones establecidas en el art
- Ahora bien, respecto al segundo motivo, por el cual el recurrente denuncia que el Tribunal
- En consecuencia, al haberse establecido que los precedentes invocados no tiene situación de hecho similar
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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