Contra esa resolución de primera instancia, Walter Morante Navarro en representación de la Línea Sindical
I.1.2. Auto de Vista
Contra esa resolución de primera instancia, Walter Morante Navarro en representación de la Línea Sindical Trans Azul, por memorial de fs. 148 a 149, interpuso recurso de apelación, que tramitado por ante la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, hoy Tribunal Departamental de Justicia, mereció el Auto de Vista N° AV-SSA-87/2011 de 25 de julio de fs. 175 a 177 vta., que confirmó la Sentencia N° 007/2010 de 12 de abril, cursante de fs. 141 a 145, con costas
Contra esa resolución de primera instancia, Walter Morante Navarro en representación de la Línea Sindical Trans Azul, por memorial de fs. 148 a 149, interpuso recurso de apelación, que tramitado por ante la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, hoy Tribunal Departamental de Justicia, mereció el Auto de Vista N° AV-SSA-87/2011 de 25 de julio de fs. 175 a 177 vta., que confirmó la Sentencia N° 007/2010 de 12 de abril, cursante de fs. 141 a 145, con costas
- CONSIDERANDO I
- Contra esa resolución de primera instancia, Walter Morante Navarro en representación de la Línea Sindical
- Dicha resolución motivó que la parte demandante formule recurso de casación en el fondo de
- Que, así formulado el recurso de casación, se ingresa a resolver el mismo, bajo los
- Así podemos citar al principio de finalidad del acto, que a manera de aclaración no
- También se tiene al principio de trascendencia, que establece la no admisibilidad de la nulidad
- Con el mismo enfoque, el Tribunal Constitucional, mediante la Sentencia Constitucional (SC) Nº 1845/2004 de
- Que, bajo ese marco normativo, jurisprudencial y doctrinario, en el caso se advierte, de la
- Por lo tanto, se advierte que el SIN Oruro notificó a la empresa demandante, aplicando
- Lo señalado en los párrafos precedentes hace ver que el Tribunal de alzada no incurrió
- Por otra parte, se acusa también que el testigo presencial de las notificaciones por cédula,
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
