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    Auto Supremo AS/0758/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0758/2015

    Fecha: 09-Oct-2015

    Regístrese, notifíquese y devuélvase

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • CONSIDERANDO I
    • Contra esa resolución de primera instancia, Walter Morante Navarro en representación de la Línea Sindical
    • Dicha resolución motivó que la parte demandante formule recurso de casación en el fondo de
    • Que, así formulado el recurso de casación, se ingresa a resolver el mismo, bajo los
    • Así podemos citar al principio de finalidad del acto, que a manera de aclaración no
    • También se tiene al principio de trascendencia, que establece la no admisibilidad de la nulidad
    • Con el mismo enfoque, el Tribunal Constitucional, mediante la Sentencia Constitucional (SC) Nº 1845/2004 de
    • Que, bajo ese marco normativo, jurisprudencial y doctrinario, en el caso se advierte, de la
    • Por lo tanto, se advierte que el SIN Oruro notificó a la empresa demandante, aplicando
    • Lo señalado en los párrafos precedentes hace ver que el Tribunal de alzada no incurrió
    • Por otra parte, se acusa también que el testigo presencial de las notificaciones por cédula,
    • Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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