Solicita: “se CONCEDA el presente recurso, y en aplicación del art
1.2.1. Petitorio
Solicita: “se CONCEDA el presente recurso, y en aplicación del art. 271.4 y 274 del Código de Procedimiento Civil, se CASE el Auto de Vista de 24 de enero de 2011, del Código, en consecuencia sea apliquen las previsiones de los arts. 168 con relación a los arts. 169.II y 99.II del Código Tributario, disponiendo la anulación de la Resolución Sancionatoria 208/2006 de 5 de junio de 2006 (fs. 12-13) y el Auto Motivado Nº 002/2006 de 21 de agosto de 2006 (fs. 18-19)” (sic)
Solicita: “se CONCEDA el presente recurso, y en aplicación del art. 271.4 y 274 del Código de Procedimiento Civil, se CASE el Auto de Vista de 24 de enero de 2011, del Código, en consecuencia sea apliquen las previsiones de los arts. 168 con relación a los arts. 169.II y 99.II del Código Tributario, disponiendo la anulación de la Resolución Sancionatoria 208/2006 de 5 de junio de 2006 (fs. 12-13) y el Auto Motivado Nº 002/2006 de 21 de agosto de 2006 (fs. 18-19)” (sic)
- Demandante: Empresa Eduardo S.A
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Frente a la citada Sentencia la Gerencia GRACO del SIN Santa Cruz representada legalmente por
- Contra el Auto de Vista, la Empresa Eduardo S
- Indica que sería absurdo hacer un sumario independiente y de forma posterior o paralela al
- Eduardo S
- Reitera que la conducta contravencional por incumplimiento a un deber formal, no está en discusión,
- Solicita: “se CONCEDA el presente recurso, y en aplicación del art
- De la compulsa de antecedentes del proceso, las normas aplicables a la materia, se pasa
- En ese entendido el Auto de Vista señala que: “las Contravenciones Tributarias están establecidas en
- En ese entendido la Administración Tributaria en uso de sus atribuciones conferida por el Código
- Vencido el plazo para la presentación de descargos previsto en el art
- Es en ese entendido, como se señaló acertadamente en el Auto de Vista recurrido, la
- Consiguientemente, se establece que, la Sala Social y Administrativa de la extinta Corte Superior de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
