Vencido el plazo para la presentación de descargos previsto en el art
Vencido el plazo para la presentación de descargos previsto en el art. 168 del CTB se emitió la Resolución Sancionatoria GGSC-DTJC 208/2006 sancionando a Eduardo S.A., por la contravención tributaria de “Incumplimiento de Deberes Formales” e imponiéndole la multa de 2.000.- UVFs
- Demandante: Empresa Eduardo S.A
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Frente a la citada Sentencia la Gerencia GRACO del SIN Santa Cruz representada legalmente por
- Contra el Auto de Vista, la Empresa Eduardo S
- Indica que sería absurdo hacer un sumario independiente y de forma posterior o paralela al
- Eduardo S
- Reitera que la conducta contravencional por incumplimiento a un deber formal, no está en discusión,
- Solicita: “se CONCEDA el presente recurso, y en aplicación del art
- De la compulsa de antecedentes del proceso, las normas aplicables a la materia, se pasa
- En ese entendido el Auto de Vista señala que: “las Contravenciones Tributarias están establecidas en
- En ese entendido la Administración Tributaria en uso de sus atribuciones conferida por el Código
- Vencido el plazo para la presentación de descargos previsto en el art
- Es en ese entendido, como se señaló acertadamente en el Auto de Vista recurrido, la
- Consiguientemente, se establece que, la Sala Social y Administrativa de la extinta Corte Superior de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
