Auto Supremo AS/0771/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0771/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Dado que la debida fundamentación de una resolución, en lo principal no obedece a exigencias

Dado que la debida fundamentación de una resolución, en lo principal no obedece a exigencias meramente formales, sino que se constituye como una garantía para los justiciables, quienes por medio de la fundamentación de motivos traducidos en un fallo, toman conocimiento de las razones que indujeron a los juzgadores a resolver la causa de una u otra forma; creando de esta forma el juzgador convicción de lo resuelto, aspecto que causa perjuicio a los litigantes y constituye vicio de procedimiento enmarcado dentro de la causal 4 del art. 254 del CPC, en desmedro del principio de seguridad jurídica, error in procedendo que debe ser saneado por este Tribunal