Auto Supremo AS/0771/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0771/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Por otro lado es claro también que el Tribunal de alzada omite brindar respuesta positiva

Por otro lado es claro también que el Tribunal de alzada omite brindar respuesta positiva o negativa sobre la consideración del término sin fines de lucro y la petición de pago de primad del sindicato de COSEGUA; si bien en el inciso e) del Fallo en revisión se advierte un escueto texto sobre el particular, es evidente que el mismo de ninguna manera explica cual la razón de que el hecho hallarse una exención de pago al IUE implica el no pago de primas reclamado en el proceso