Por otra parte, se acusa también que la resolución impugnada no se pronuncia sobre el
Por otra parte, se acusa también que la resolución impugnada no se pronuncia sobre el punto expuesto en apelación, referido a violación de los arts. 55 de la Ley General del Trabajo (LGT), 14 del DS Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985 y 41 del Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo (DR-LGT); no obstante, todas las disposiciones anotadas están referidas al reconocimiento y la forma de pago de las horas extras, además del registro especial que debe llevar el empleador para el computo de las horas extraordinarias; de modo que, al haber analizado y respondido el fallo recurrido, sobre las horas extraordinarias, es lógico pensar que la respuesta está dada en razón a los dispositivos denunciados como vulnerados, pues, es el contenido expuesto por el fallo recurrido el que refiere precisamente a los dispositivos extrañados de no haber sido respondidos, por lo que la denuncia de falta de pronunciamiento al respecto no resulta cierta
- Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandada (fs
- La resolución de segunda instancia, motivó que la empresa demandada interponga recurso de casación en
- Que, la resolución impugnada no se pronunció sobre el punto expuesto en apelación, referido a
- Que, tampoco se pronunció el auto de vista recurrido, respecto a la jurisprudencia invocada, olvidando
- Con lo cual, incurrió dicho fallo en la causal de casación en la forma prevista
- Acusó que el auto de vista recurrido incurrió en error de hecho y de derecho
- Señaló que el Tribunal ad quem vulneró lo previsto en los arts
- Acusó la vulneración de los arts
- Finalmente señaló que existe un error en la aplicación de la Ley, al imponer la
- Concluyó solicitando que el Tribunal superior en grado, anule el auto de vista recurrido por
- Que, así formulado del recurso de casación en ambos efectos, corresponde resolver cada uno de
- En ese sentido, se observa que en el fallo recurrido (segundo considerando), precisó que, si
- Por otra parte, se acusa también que la resolución impugnada no se pronuncia sobre el
- Lo señalado se encuentra corroborado en el mismo fallo, que en su segundo considerando refiere:
- Bajo el mismo criterio ya expuesto en el párrafo precedente, se concluye que tampoco resulta
- Por lo relacionado, éste Tribunal no encuentra argumento válido suficiente que dé lugar a la
- Se visualiza que los jueces de fondo, determinaron correctamente reconocer el pago de la vacación
- Que, en relación al pago de las primas y horas extras, se tiene un similar
- En ese sentido, no constituye argumento jurídico válido, la afirmación de que el actor no
- En ese sentido también, el art
- Por lo anotado, no resulta evidente la vulneración de los arts
- Bajo esos fundamentos, se concluye que no son evidentes las infracciones normativas denunciadas por la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
