Auto Supremo AS/0835/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0835/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Bajo este contexto de la revisión del Auto de Vista recurrido en relación a la

Bajo este contexto de la revisión del Auto de Vista recurrido en relación a la acusación de no valoración de los descargos e incorrecta interpretación de la responsabilidad civil, en su art. 31 de la Ley 1178, que establece: “La responsabilidad es civil cuando la acción u omisión de servidor público o de las personas naturales o jurídicas privadas cause daño al Estado valuable en dinero. Su determinación se sujetará a los siguientes preceptos: a) Será civilmente corresponsable el superior jerárquico que hubiere autorizado el uso indebido de bienes, servicios y recursos del estado o cuando dicho uso fuere posibilitado por las deficiencias de los sistemas de administración y control interno factibles de ser implantados en la entidad. B) Incurrirán en responsabilidad las personas naturales o jurídicas que no siendo servidores públicos, se beneficiaren indebidamente con recursos públicos o fueren causantes de daño al patrimonio del Estado y de sus entidades”