Auto Supremo AS/0835/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0835/2015

Fecha: 29-Oct-2015

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 835
Sucre, 29 de octubre de 2015

Expediente: 222/2015-A
Demandante: Honorable Alcaldía Municipal de San Borja
Demandado : Alberto Melgar Hurtado y otro
Distrito: Beni
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: Los recursos de casación de fs. 232 a 237 y de fs. 238 a 239, interpuesto por Alberto Melgar Hurtado, en representación legal de la “Empresa AMEL Ltda.”, y Walter Ronald Tovias Simón, contra el Auto de Vista No 39/2012 de 28 de mayo (fs. 222 a 231), pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, dentro del proceso Coactivo Fiscal, seguido por el Gobierno Municipal de San Borja, contra Walter Ronald Tovias Simón, Alberto Melgar Hurtado en representación legal de la “Empresa Amel Ltda.”; el Auto Nº 66/15 de fs. 322 que concedió los recursos; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Tramitado el proceso Coactivo Fiscal, el Juez en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria del Beni, emitió la Sentencia Nº 17/2011 de 8 de diciembre de fs. 147 a 151 vta., por la que declaró probada la demanda Coactiva Fiscal de fs. 117 a 118 interpuesta por la Alcaldía Municipal de San Borja, contra Walter Ronald Tovias Simón, por la suma de Bs.2.078.352,24.- equivalente a $us.259.431,53.- y Walter Ronald Tovias Simón y la Empresa Amel Ltda., representada legalmente por Alberto Melgar Hurtado, en forma solidaria con Armando Quezada Ordoñez, por la suma de Bs.1.071.763,40.- equivalente a $us.132.643,97.- en ambos casos sujeto a la aplicación del inc. h) del art. 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal, girándose a fs. 152 y 153 los respectivos Pliegos de Cargo Nº 81/2011 y 82/2011 de 8 de diciembre de 2011, manteniéndose en ambos casos el monto establecido en las Notas de Cargo Nº 278/2010 y 279/2010 de 6 de diciembre, girada contra los coactivados señalados