Así también el art
Así también el art. 180.II) de la Constitución Política del Estado, consagra el principio de impugnación que rige en la sustanciación de todo proceso judicial, principio que reconoce el derecho de las partes de pedir a otro juzgador superior en grado revise la resolución del inferior; en este entendido el derecho a impugnar se constituye en el medio a través del cual se fiscaliza no solamente la decisión asumida por el Juez o Tribunal, sino la legalidad de la Resolución, constituyéndose el derecho de impugnación en la petición que se materializa con la emisión de la Resolución que el de Alzada ha de emitir, dando una respuesta fundamentada y motivada a los agravios que generaron la impugnación
- Proceso: Usucapión. Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Citados los demandados, por memorial de fs
- Asimismo de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Un Decimo en lo Civil
- Contra esa resolución de primera instancia, el demandante de fs
- En la forma
- 2
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- En el fondo
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- En merito a lo brevemente expuesto, interpone recurso de casación en el fondo y en
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al efecto de inicio diremos que el art
- Así también el art
- En el caso presente, emitida que fue la Sentencia de primera instancia de 24 de
- Apelación que en análisis y contrastación con el Auto de Vista recurrido se tiene
- Al margen debemos considerar que el derecho a impugnar se constituye en el medio a
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal fallar en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
